Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado que las decisiones judiciales de cada uno de los Países Miembros de la Unión Europea pueden obligar a Facebook a que retire comentarios y contenidos ilegales.
No solo eso: en la sentencia se habla además de comentarios y contenidos similares o equivalentes que también deberán ser eliminados por Facebook si un juez europeo los declara ilegales. La normativa podría extenderse a otras redes sociales en las que se compartan este tipo de comentarios y contenidos ilícitos.
Poniendo (algo de) coto a la libertad de expresión
La sentencia llega tras la demanda de la expolítica Eva Glawischnig-Piesczek, que demandó a Facebook Irlanda en la corte austríaca. La red social había publicado un comentario que ella entendía que era dañino para su reputación, y exigía que fuese eliminado.
En la sentencia se explica cómo el artículo 14 de la Directiva 2000/31 ya contemplaba esa eliminación de contenidos ilícitos, y eximía a las empresas cuando no tenían conocimiento de esa actividad o cuando actuaban "con prontitud para retirar los datos" ilegales.
Sin embargo si no lo ha hecho, la sentencia determina que un juez puede reclamar esa eliminación de datos si los considera ilícitos, algo que se especifica en el punto 37 de la sentencia:
"En tales circunstancias, a fin de que el prestador de servicios de alojamiento de datos de que se trate evite que se produzcan nuevos perjuicios contra los intereses afectados, es legítimo que el tribunal competente pueda exigirle que bloquee el acceso a los datos almacenados cuyo contenido sea idéntico al que se ha declarado ilícito con anterioridad, o retire esos datos, sea quien fuere el autor de la solicitud de su almacenamiento".
El TJUE aclara que esto no obliga al proveedor de servicios a "supervisar, con carácter general, los datos que almacene", ya que ese control es casi imposible dada la dimensión de redes sociales como Facebook, cuya moderación y control es limitado.
Esta sentencia hace que además de los datos directamente encontrados ilegales se deben suprimir el "contenido que sea similar al de un dato que ha sido declarado ilícito con anterioridad o bloquear el acceso a ellos". En una aclaración posterior el TJUE indica que esos datos similares se entienden como "la información que transmite un mensaje cuyo contenido permanece esencialmente inalterado, por lo que difiere muy poco de la información que dio lugar a la declaración de ilicitud".
En Facebook han indicado que no es labor de las redes sociales monitorizar, interpretar y eliminar comentarios que puedan ser ilegales en un país concreto. Según la empresa esta sentencia "socava el antiguo principio de que un país no tiene derecho a imponer sus leyes sobre la libertad de expresión a otro país. También abre la puerta a las obligaciones que se imponen a las empresas de Internet de controlar de forma proactiva el contenido e interpretar si es "equivalente" al contenido que se ha declarado ilegal".
Vía | Reuters
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