Un video que ganó tracción en la popular app Tik Tok abrió el debate acerca de las razones que pueden llevar a las autoridades de movilidad a inmovilizar una motocicleta.
Presentado inicialmente como “un caso de abuso policial”, el video muestra a una agente de Policía en el momento de inmovilizar una moto porque el propietario le puso stickers o calcomanías en diversas superficies, lo que ella consideró “un cambio de color”. La respuesta de la agente a su reclamo es un cortante "aprenda de colores, caballero".
La denuncia la hizo la cuenta @plan_biker, y en el video se ve que la moto ya está en el planchón de una grúa mientras su propietario graba, apreciablemente molesto. La moto es una Pulsar que en los papeles figura como de color “blanco y negro”.
En este punto hay que señalar que, efectivamente, el Código Nacional de Tránsito Terrestre, en su artículo 131, contempla que todo vehículo que transite por Bogotá con un color que no corresponde al de la tarjeta de propiedad puede ser objeto de una multa y de inmovilización.
ARTÍCULO 131. MULTAS: (…) En estos casos los vehículos serán inmovilizados: No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo. En ambos casos, el vehículo será inmovilizado.
La duda no es, por tanto, si el cambio de color da lugar a inmovilización, sino si se puede considerar como un cambio de color la ubicación de stickers en la superficie de un vehículo y si el propietario tiene la potestad de hacerlo.
En este punto, hay que ir de nuevo al Código de Tránsito y, específicamente, a su artículo 49:
ARTÍCULO 49. AUTORIZACIÓN PREVIA A CAMBIO DE CARACTERÍSTICAS. Cualquier modificación o cambio en las características que identifican un vehículo automotor, estará sujeto a la autorización previa por parte de la autoridad de tránsito competente y deberá inscribirse en el Registro Nacional Automotor. En ningún caso se podrán cambiar, modificar, ni adulterar los números de identificación del motor, chasis o serie de un vehículo, ni retocar o alterar las placas del vehículo, so pena de incurrir en la sanción prevista en este Código para quien transite sin placas.
Aunque este texto no alude de manera explícita al color, se entiende que este hace parte de “cualquier modificación o cambio en las características que identifican” al vehículo. Es claro que en la moto del video las calcomanías no son una o dos, sino franjas enteras que rodean el tanque, además de partes de la transmisión y el chasis.
El problema del infractor del video es que el color de su motocicleta debería estar registrado en la tarjeta de propiedad no como “blanco y negro”, sino “multicolor” y el no haber realizado este trámite abre la puerta a la sanción.
El castigo por cambiar el color de un vehículo sin previa autorización de la autoridad competente es una multa de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes (unos 278.600 pesos), además de, sí, me temo que sí, la inmovilización del vehículo.
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