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El Gobierno podrá, "con carácter excepcional y transitorio" cerrar o intervenir las redes de comunicaciones directamente

Pedro Sánchez hablaba hace unos días del decreto para poner "punto final" al proyecto de república digital catalana. El BOE publicado hoy recoge efectivamente esa nueva normativa (sin mencionar la situación en Cataluña), pero la sorpresa ha llegado por otro flanco.

En el penúltimo Consejo de Ministros del Gobierno en funciones antes de las elecciones se han adoptado medidas urgentes por razones de seguridad pública. El nuevo Decreto Ley añade la "amenaza inmediata y grave para el orden público” y la “seguridad nacional” como razones para ordenar el cese de urgencia y sin audiencia previa de forma cautelar de cualquier tipo de comunicación digital.

Un Decreto calificado como electoralista por los expertos

El BOE de hoy obliga, como ya adelantaba Pedro Sánchez, a que los servidores que contengan ciertos datos personales recogidos por las administraciones públicas, así como sistemas de identificación y firma electrónica, estén alojados en servidores europeos -excepto en el caso de que haya acuerdos internacionales que lo permitan-.

En el documento se justifica la medida por "los recientes y graves acontecimientos acaecidos en parte del territorio español", pero no se menciona específicamente a los sucesos que se han producido en Cataluña tras la sentencia del procès.

En el Bufete Almeida analizaban a través de un hilo Twitter estas modificaciones y llegaban a la conclusión de que esta intervención del Gobierno en redes "es inconstitucional si no modifican la ley reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio. El estado de excepción digital tienen que regularlo con el estado de excepción del mundo real".

Es más, en ese hilo el Bufete Almeida advertía que "ningún funcionario administrativo puede cerrar una web sin cometer un delito. Esto caerá en el Constitucional, como cayó el spam político de la Ley de Protección de Datos".

La modificación de la LOPD en el ámbito de la publicidad y propaganda política en noviembre de 2018 generó una controversia enorme que acabó generando un recurso de inconstitucionalidad por parte de el Defensor del Pueblo. Finalmente la Agencia Española de Protección de Datos delimitó esta normativa, lo que devolvió las aguas a su cauce.

El mismo camino podría seguir esta nueva normativa integrada en ese nuevo Decreto Ley, que según Bufete Almeida es una especie de falso estado de excepción digital y que califica como una medida de propaganda electoral. "No había la extraordinaria y urgente necesidad que exige la Constitución, así que esperamos a ver el recurso del Defensor del Pueblo ante el Tribunal Constitucional".

Como explican en Civio, esta modificación permitiría al Gobierno cerrar webs que puedan estar poniendo en peligro el orden público, pero además lo extiende a casos en los que esas webs creen "graves problemas económicos u operativos a otros proveedores o usuarios de redes o servicios de comunicaciones electrónicas o demás usuarios del espectro radioeléctrico”.

Más información | Civio

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