En Colombia, el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre los servicios de abogacía ha sido motivo de interpretaciones y pronunciamientos por parte de las autoridades, por lo que recientemente la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) tuvo que aclarar que es el cliente quien debe asumir el pago del IVA correspondiente a los servicios prestados por un abogado, y no el profesional del derecho.
Este principio, que se deriva del Concepto Unificado del Impuesto sobre las Ventas (DIAN, 2003), establece que el cliente es el destinatario final del servicio y, por ende, el responsable de asumir el impuesto, mientras que el abogado actúa como el responsable de su recaudo y declaración.
Esa misma interpretación es apoyada en el comunicado de la CNDJ, que sostiene el cliente debe asumir el IVA porque es quien adquiere el servicio gravado y los honorarios deben calcularse considerando este impuesto como un componente adicional al monto acordado por los servicios prestados.
¿Cómo calcular el IVA en los honorarios?
El cálculo del IVA en los honorarios de un abogado sigue la tasa general del 19% vigente en Colombia para servicios gravados. Y para hacerlo debes:
- Determinar el valor de los honorarios base: Este es el monto que el abogado y el cliente acuerdan como contraprestación por los servicios legales prestados, sin incluir el IVA.
- Aplicar la tasa del IVA: Multiplica el valor de los honorarios base por la tasa del IVA, que es del 19%. Esto permite calcular el monto exacto del impuesto.
- Sumar el IVA al valor base: Agrega el monto calculado del IVA al valor base de los honorarios para obtener el total que el cliente deberá pagar.
Por ejemplo, si los honorarios base acordados son de 10.000.000 de pesos:
- Valor del IVA: 10.000.000 de pesos × 0,19 = 1.900.000 pesos.
- Total a pagar: 10.000.000 de pesos + 1.900.000 pesos = 11.900.000 pesos.
En este caso, el cliente deberá pagar un total de 11.900.000 pesos, donde 10.000.000 de pesos corresponden a los honorarios netos del abogado y 1.900.000 pesos al IVA.
¿Por qué la CNDJ hizo esta aclaración?
Este pronunciamiento responde a un caso específico en el que un cliente demandó a su abogado por no haberle informado sobre un cobro de 38 millones de pesos por concepto de IVA.
La Comisión aclaró que el cliente no puede considerarse sorprendido, debido a que todo ciudadano debería tener conocimiento de que los servicios gravados con IVA incluyen este impuesto.
Asimismo, señaló que no existe una obligación disciplinaria para que el abogado informe de manera anticipada a su cliente sobre el cobro del IVA. La responsabilidad del abogado es incluir el IVA en el cobro de sus servicios y asegurarse de declararlo correctamente ante la DIAN.
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