Adiós a la letra pequeña en los contratos de televisión, Internet y telefonía fija en Colombia

Adiós a la letra pequeña en los contratos de televisión, Internet y telefonía fija en Colombia
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Continuando con la labor que la CRC (Comisión de Regulación de comunicaciones) había iniciado en 2015 con la simplificación del formato de contratos para servicios de telefonía móvil, la cual eliminaba la letra pequeña, este mes el ente regulador expidió la resolución 5151 de 2017 por medio de la cual exige la misma simplificación del modelo de contrato, para los servicios de telefonía fija, internet y televisión por suscripción para el hogar.

El documento establece el nuevo formato de contrato único para este tipo de servicios, el cual no debe tener una extensión mayor a una hoja (por los dos lados), debe estar redactado en un lenguaje claro y contar con un tamaño de letra legible. El nuevo contrato deberá estar dividido en secciones separadas por títulos, donde el usuario pueda entender claramente cuáles son sus derechos y deberes con la empresa con la que está contratando el servicio.

En el documento, la CRC explica que realizaron un estudio de los contratos de prestación de servicios de telefonía fije e internet y televisión por suscripción, y encontraron que los mismos no eran claros y dificultaban a los usuarios el ejercicio de sus derechos, por lo cual, realizaron un estudio de la mano de psicólogos y expertos en el comportamiento del consumidor, para generar un nuevo modelo de contrato que ayude a los usuarios a tomar decisiones informadas.

El nuevo formato de contrato

El entre regulatorio ha indicado, que todos los operadores en Colombia deben acogerse a este modelo de contrato a partir del primero de enero del 2018, y ha publicado un modelo de contrato, que servirá de marco de referencia para la prestación de servicios de postpago de internet, televisión y telefonía fija para el hogar.

Contrato Nuevo modelo de contrato de servicios

Entre los aspectos recalcables del nuevo modelo de contrato, figuran: que el cobro por reconexión solo se puede hacer por el valor máximo de uno de los servicios que se esté reincorporando, correspondiendo únicamente a los costos operacionales de la reconexión, y que el usuario puede solicitar la terminación del contrato en cualquier momento sin tener que pagar ninguna penalidad.


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